Informatica Juridica

Informatica jurídica.

Informática Jurídica.

Informática Jurídica.

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martes, 21 de febrero de 2017

Comercio Electrónico CONSUMIDOR - CONSUMIDOR (C2C)

Comercio electrónico entre usuarios particulares de Internet. La comercialización de bienes o servicios no involucra a productores y sí a un consumidor final con otro consumidor final, sin intermediarios.

Consumidor – Consumidor. Esta categoría permite el intercambio de bienes y servicios entre consumidores, existiendo entre ellos una relación horizontal, ya que admitiendo que no es así en todos los casos, podemos asumir que al ser ambas partes consumidores se encuentran en el mismo nivel de información.
Hoy en día es algo muy común el uso de las tecnologías para realizar transacciones entre personas particulares sin necesidad de tener un negocio ya establecido.

Ventajas para los compradores: 
  • La facilidad de buscar y comprar al momento. 
  • Bajos costos de transacción. 
  • Poder acceder a prácticamente cualquier producto o servicio desde el hogar. 
  • Establecer una relación directa con la persona que vende. 
  • Los intermediarios, cuando existen, se ven obligados a crear valor agregado en sus productos o servicios. 
  • Rapidez, sobre todo si es factible en el momento de bajar de la red el producto
Ventajas para los vendedores. 
  • Negociación directa con posibles compradores. 
  • Subastas. Venta de productos y/o servicios que comúnmente no se venderían. 
  • Presencia global, es decir, posibilidad de vender en lugares remotos. 
  • Costos mínimos o nulos en algunos casos. Posibilidad de vender sin necesidad esporádicamente sin necesidad de estar completamente establecidos. 
  • Creación de un historial de referencias para futuros tratos, intercambios o compra-ventas. 
Desventajas. 
  • Peligro de fraude.
  • Mala calidad en los productos o servicios ofrecidos. 
  • Tardanza en entrega o de plano la falta de la misma. 
  • El intermediario no se responsabiliza. 
  • Daños en el envío por parte de la paquetería. 
  • Gastos de envío a veces excesivos dependiendo del producto y paquetería. 
  • Nula o escaza garantía. Operaciones ilegales. 
  • Compra-venta de productos o servicios de dudosa procedencia. 
 ¿Qué ejemplos existen de comercio electrónico C2C?
Uno de los más conocidos en nuestro país es "Mercado Libre" A través de ese portal, las personas pueden promocionar sus propios productos (de primera o segunda mano) y coordinar ellos mismos con sus clientes la forma, hora y lugar de la transacción. Otra web que sirve para este propósito es OLX.

E-bay
Un lugar donde encuentras de todo,donde puedes comprar una variedad de productos como por ejemplo: ropa, electrodomésticos, juguetes etc. en donde las formas de pago se hacen a través de transacciones interbancarias.
Se ha convertido en un sitio web muy conocido que ha provocado que las tarifas al consumidor sean muy bajas. Anualmente se registra una estadística de uso de 135 millones de personas que visitan la página y de la misma manera venden y compran productos.

Ebay es una tienda virtual muy cómoda y fácil de uso para los consumidores, también brinda seguridad tanto al consumidor como al vendedor para realizar sus transacciones.

Mercado libre.com
Se pueden encontrar productos desde ropa de niños hasta él último modelo de computadoras...
A diferencia de Ebay, mercado libre se enfoca mas en vender y comprar sus artículos a la comunidad Latinoaméricana. Su forma de pago es muy amplia ya que acepta transacciones interbancarias de muchas tarjetas de crédito. Es una pagina amigable y muy explicita, de fácil uso y cuenta con el respaldo de verisign security y TRUSTe certified privacy para mayor seguridad de sus usuarios. La desventaja de esta tienda virtual es que para poder acceder a sus productos se tiene que hacer una previa inscripción.

CONCLUSIONES

  • Entre las principales características que podemos destacar respecto a esta categoría, tenemos por ejemplo, que permite las transacciones directas entre personas naturales
  • El Consumidor para la presente categoría desempeña el papel de vendedor estaría perdiendo su condición de tal.


domingo, 12 de febrero de 2017

CIBERCRIMEN - GROOMING

CIBERCRIMENES una mezcla de palabras adaptadas al español para referirse a crímenes realizados en el ciberespacio. Estas actividades se han extendido por todos los países debido a la amenaza que representan los ciberdelincuentes ya que todos los usuarios de internet son victimas de esta clase de delincuentes. Es una forma de delito que emplea un computador como herramienta u objetivo.

SujetoActivo: 
Es quien comete el daño al bien protegido, tiene habilidades para el usos de la infromática y por ende por situación de trabajo se encuentran en lugares estratégicos.
Persona con status económico

Sujeto Pasivo:
Se encuentra perjudicado por el daño del delito informático, las víctimas pueden ser individuos, instituciones, gobiernos, etc.
No existen leyes que ayuden a los sujetos pasivos sobre los daños producidos hacia los mismos delitos informáticos.
Debido a la necesidad de aplicar un apolítica penal común para proteger a la sociedad frente ala ciberdilencuencia, , el 23 de Noviembre del año 2001, Los Estados miembros del Consejo de Europa formalizaron la Convención sobre la Ciberdilencuencia, también conocida como conevio de Budapest

GROOMING

El “grooming” es un delito preparatorio de otro de carácter sexual más grave. Esta práctica es llamada también “child grooming”, consistente en acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, al crearse una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar sexualmente de él.

Este delito está siendo cada vez más recurrente a causa de la masificación de las tecnologías de la información, del mayor acceso de los niños a Internet y la brecha generacional que se produce cuando los niños manejan los computadores mucho mejor que los padres.
La globalización agrava el problema, no sólo por la facilidad de enviar fotos y videos a todas partes del mundo, sino también porque las legislaciones de los diferentes países no son necesariamente compatibles entre sí. Por ejemplo, una imagen que es ilegal en España podría no serlo en Alemania.
Entre los factores que contribuyen a que los menores estén más expuestos a situaciones riesgosas estan las cámaras fotográficas digitales, los celulares con cámara incorporada, los mensajes de texto, las salas de chat, y los sitios de redes sociales como Facebook, MySpace, Hi5, Messenger, entre otros, estos permiten a los niños acceder a comunidades virtuales donde no existe claridad respecto de la identidad de las personas con quienes mantienen conversaciones o relacionan. Es ahí dónde conviven sin restricciones posibles víctimas y victimarios y se genera un ambiente propicio para el anonimato y el encubrimiento de los abusadores.
Consejos para evitar el grooming
  • Ubicación del ordenador : Colocar el ordenador en un lugar de paso de la casa o en un espacio común y de uso frecuente (el salón, p.ej.), desde donde poder echar un vistazo al uso que hacen los niños y niñas de él. Evitar ponerlo en el cuarto del/a niño/a.Cuidado con el malware, seguir los consejos de seguridad generales para mantener los dispositivos libres de virus y otro malware que podría revelar las claves a los autores de grooming. Instalar un buen antivirus y un buen cortafuegos y mantenerlos actualizados con la mayor frecuencia posible.
  • Webcam: Evitar la instalación de cámaras web (webcams) o si las colocas restringir su uso mediante algún programa o mediante claves o controles parentales que algunos modelos ya incorporan.La importancia del nombre,es más seguro, en general, y muy usual desde los inicios de Internet, utilizar un sobrenombre (nickname) en vez de los nombres y apellidos propios
  • Proteger los datos: Explicar a los niños que no deben rellenar formularios en los que den datos personales suyos, de amigos o conocidos o de su familia.

CONVENIO SOBRE CIBERCRIMINALIDAD DE BUDAPEST

Las conductas ilícitas, reguladas en el Convenio de Budapest, son: el acceso ilegal, interceptación ilegal, interferencia de los datos, interferencia de sistema, uso erróneo de dispositivos, falsificación del ordenador, fraude del ordenador, pornografía infantil. También se establecen disposiciones de índole procesal para la preservación de datos almacenados, y todo lo relacionado a los actos procesales para producir prueba y aislar todo acto de cibercrimen.
  • Entre los delitos que fueron objeto de especial atención se encuentra la pornografía infantil. Al hilo de las diversas iniciativas europeas que matizan el ámbito de aplicación de los preceptos que la castigan, el Prof. Dr. Gert Vermeulen examinó algunos aspectos específicos de este delito. Así por ejemplo, la cuestión de si han de castigarse con las mismas penas los comportamientos de mera posesión de pornografía infantil y la producción de la misma. Igualmente analizó el difícil problema de la edad del menor, que varía de unos países a otros, y otros aspectos novedosos como si ha de castigarse la mera posesión por parte de menores adolescentes de imágenes en las que ellos mismos mantienen relaciones sexuales consentidas.
  • Se hizo también referencia al conflicto que se suscita entre el derecho fundamental a la libertad de expresión e información y la sanción penal de contenidos xenófobos. Ello puede generar muchas dificultades jurídico-penales, esencialmente relacionadas con la aplicación de la ley penal en el espacio, como por ejemplo el castigo de comportamientos lícitos en el lugar de comisión.
  • Parece claro que no se pueden perseguir los ciberdelitos sin que colaboren las autoridades de aplicación de la ley y el sector privado. Se hizo un análisis de las iniciativas europeas que persiguen incentivar la colaboración entre el sector privado y las autoridades públicas en la investigación de estos delitos. Estas iniciativas posibilitan que ambos sectores puedan compartir información, bloquear sitios en los que se contengan contenidos delictivos, etc. Para ello, se obliga a los proveedores de acceso a almacenar todos los datos de tráfico durante un periodo de tiempo, e incluso se prevé el deber informar a las autoridades de cualquier actividad delictiva que conozcan.
  • Por último, se propusieron otros temas de interés, como por ejemplo el robo de identidad, la prostitución infantil, la piratería informática, etc. De las resoluciones del Congreso Internacional de la Asociación de Río de Janeiro de 1994 ya parecía deducirse la necesidad de que las Naciones Unidas emprendieran acciones para hacer frente al fenómeno de la cibercriminalidad. Hoy día sigue sin existir un Convenio global sobre este fenómeno, y parece conveniente que en el futuro pueda adoptarse un instrumento de este alcance
CONCLUSIONES

  • El convenio de Budapest contra la cibercriminalidad,  representa un gran reto legislativo, puesto que abarca diversas materias sensibles que no pocas veces ha dado motivo a los dilemas sobre las libertades y el control legislativo
  •  Grooming en el mundo real puede tener lugar en todo tipo de lugares —en el barrio local, en la casa, en la escuela o en la iglesia. En el peor de los casos, estas personas también pueden desear introducir al menor en ambientes de prostitución y explotación sexual



Protección del Software


La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define los programas computacionales o informáticos (software) como conjuntos de instrucciones que controlan el funcionamiento de un computador para que éste pueda realizar una tarea específica. En la elaboración del software se encargan uno o más autores y su forma de expresión final solo puede ser entendida directamente por el computador y no por el ser humano. 
Como estas instrucciones se expresan de forma escrita, en una secuencia de códigos computacionales, existe la línea de pensamiento jurídico que lo considera como una obra literaria; es decir, derecho de autor. Este es el enfoque predominante en los tratados internacionales.
No obstante, el problema que supone clasificarlo como derecho de autor, es que el software no es propiamente tal una expresión literaria, pues las líneas del código no dependen de su “gramática” para ejecutar una orden en el computador. Aquí surge la dicotomía entre la idea y su ejecución; ya que el primer concepto es la base del derecho de autor (una creación “artística” sin aplicación aparente es una idea), mientras que la ejecución es clave para demostrar que la patente de invención resuelve un problema de la técnica.
¿Cuál es la controversia que existe respecto a la protección jurídica del software en el ámbito del derecho de propiedad intelectual?
La forma de protección  para el programa de ordenador o software fue uno de los tenas nas controversiales en el ámbito de la propiedad intelectual.  Desde su creación y por más de dos décadas, se discutió sobre la posibilidad de asignar al software un sistema de protección sus  géneros que sugería, en unos casos, fórmulas próximas al derecho de autor y, en otros, similares al derecho de patentes.  Sin embargo, también se pensó que la adecuación de un sistema de protección existente, como el derecho de autor o las patentes, sería más conveniente a un sistema de protección especial y nuevo, que difícilmente habría conseguido una aceptación internacional extendida.
Naturaleza jurídica del software: El software es un bien de carácter inmaterial o sea de derechos incorporales, cuyo valor es totalmente independiente a que sean o no incorporados a un medio físico.
La protección jurídica del software: 
Como se mencionó, con el software no se transfiere los derechos de propiedad, sino que sólo se transfiere los derechos de uso a través de las denominadas Licencias. Los derechos de autor sólo protegen la forma de expresión literal o gráfica, más no la idea 
A continuación, algunas consideraciones sobre el derecho de autor:
  • La duración de los derechos de autor como regla general se extiende hasta los 70 años después de la muerte del autor.
  • El registro de derechos de autor tiene efectos declaratorios, probatorios pero no es   constitutivo de derechos como el de propiedad industrial.
  • En el Perú INDECOPI es la entidad que realiza el registro de los derechos de autor de un software. Relación del software con los derechos de propiedad industrial: Hemos mencionado que el software es un producto del intelecto y como tal, es un bien intangible e inmaterial, siendo una de sus características que no se fabrica, no se construye, sino se desarrolla.
Los principales derechos de propiedad industrial que no pueden proteger jurídicamente al software
  • Patente: El software no es patentable por no tener carácter inventivo, por cuánto no  se consideran invenciones a los sistemas en la medida que ellos sean de carácter  puramente abstractos (bien intangible, inmaterial). En la actualidad, en el Perú, el  software o soporte 5 lógico del computador está expresamente excluido de la patente  de invención en el Perú y demás países el pacto andino (Decisión 344 del  Pacto Andino)
  • Modelo de utilidad: La Decisión 344 indica que esta forma de propiedad industrial no   es aplicable al software.
  • Know how: Conocimiento reservado sobre ideas, procedimientos, productos susceptibles de un valor económico y competitivo que el empresario demuestre voluntad e interés de mantenerlo en secreto. En el software, la creación intelectual es expresada de manera literal o gráfica y puede ser conocida a través del código fuente
Relación del software con los derechos de propiedad intelectual
Esta expresión debe cumplir con unos elementos fundamentales para adquirir la protección jurídica que otorga el Derecho de Autor
  • Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual
  • Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado)
  • El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización
El software en el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT)
  • El Tratado de la OMPI sobre derecho de Autor (WCT) junto con el Tratado de la OMPI sobre la Interpretación o Ejecución y Fonogramas, son los llamados “tratados Internet”, porque surgieron de la necesidad de actualizar los derechos de los autores, artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas, en la sociedad de la información.  Los dos instrumentos surgieron de la Conferencia Diplomática convocada por la OMPI en diciembre del año 1996.  Como actualización y complementación del Convenio de Berna, el WCT entró en vigor el 6 de marzo de 2002.
  • En el artículo 4 del WCT, se repite la aclaración ya contenida en el Acuerdo sobre los ADPIC en relación con la protección de los programas de ordenador y las bases de datos, con algunas modificaciones de redacción.  Esto es que están protegidos como obras literarias en el marco de lo dispuesto en el Art. 2 del Convenio de Berna y que dicha protección se aplica “…cualquiera que sea su modo o forma de expresión”.
  • En el artículo 7 del WCT, se incluye el derecho exclusivo de alquiler para las mismas categorías de obras y en iguales condiciones que en el Acuerdo sobre los ADPIC, entre éstas, los programas de ordenador (con la misma excepción: cuando el programa propiamente dicho no sea el objeto esencial del alquiler).
Conclusiones
  • Si bien el software es considerado objeto de protección por el Sistema de Derecho de Autor por la mayoría de las legislaciones, es preciso tener en cuenta los derechos que confieren las patentes, las marcas y, en su caso, las obligaciones de confidencialidad sobre la base de un secreto comercial
  • La propiedad intelectual y en específico los derechos de autor, crean un ámbito legal de reconocimiento de derechos exclusivos, y constituyen una valiosa herramienta en los diferentes modelos de explotación en la industria del software

miércoles, 1 de febrero de 2017

ALFABETIZACIÓN DIGITAL


 I OBJETIVO:  Integrar, expandir y asegurar el desarrollo de competencias para el acceso y participación de la población en la Sociedad de la Información y del Conocimiento
Es importamte considerar las sesiones de l aprendizaje deben responder a los momentos pedagógicos.
"Las Actividades de inicio tiene como propósito comunicar a los y las estudiantes lo que aprederán en la sesión, activar o movilizar sus saberes previos"
Es importante recordar que en las actividades de desarrollo todos somos protagonistas de aprendizaje y debemos participar activamente en la construcción del mismo, implica la movilización interna y externa, es decir, interviene todo su ser en el aprendizaje.
El nuevo contexto de la Sociedad de la Información y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación inciden en los ámbitos económico, político, social y cultural. La transformación del mercado laboral constituye un exponente claro de los cambios propiciados por la denominada economía digital. Por un lado, emergen nuevos empleos y perfiles profesionales que requieren el dominio de estas tecnologías
La incorporación de las TIC en el ámbito empresarial puede resultar un elemento clave para mejorar la competitividad, impulsar el crecimiento económico y lograr una mayor creación de empleo. Por tanto, la competitividad de nuestro país y su papel en el orden mundial dependen, en buena medida, de nuestra presencia en la sociedad de la información.
Por otro lado, las Tics también influyen en las personas y en la opinión pública, que es lo que nos interesa. Las Tics están influyendo en los procesos de creación y cambio de las corrientes de opinión pública. Algo tan habitual como la televisión, el móvil, la radio y el ordenador, están constantemente transmitiendo mensajes, intentando llevar a su terreno a los usuarios de estos medios. A través de mensajes de texto, correos electrónicos, blogs, y otros espacios dentro de internet, las personas se dejan influir sin apenas ser conscientes de ello, simplemente por haberlo visto en internet. Estos son la vía de la verdad para muchos de los ciudadanos, sin saber que en ellos también se miente y manipula. Dependiendo de la edad, status social, nivel de educación y estudios, así como de vida, trabajo y costumbres, las TIC tienen un mayor impacto o menos en la sociedad, se da más un tipo de opinión u otra y diferentes formas de cambiarla
Como dicen algunos autores, los medios son el cuarto poder. Así pues, aunque este desarrollo de tecnologías conlleve las herramientas de la web 2.0 que tienen la posibilidad de crear interacción entre los usuarios, es decir, creación de blogs o redes sociales donde cada usuario puede transmitir su opinión, detrás de todo eso, se forma y modifica la opinión pública en la era de la electrónica. Ya que todos los medios de comunicación de masas conforman a la sociedad de determinada manera.
Por tanto, las nuevas tecnologías, además de democratizar su uso, la divulgación de la cultura, y ofrecer información para que los habitantes del planeta estén informados, tienen la capacidad de adormecer y movilizar grupos sociales por medio de esta comunicación de masas en las que se concretan las diferentes corrientes de opinión a través de personajes mediáticos y bien visibles.

TIC EN LA EDUCACIÓN Y CONOCIMIENTO
  • Razones para utilizar las Nuevas Tecnologías en Educación.
  • Alfabetización digital de los alumnos. Todos deben adquirir las competencias basicas en el uso de las TIC.
  • Productividad, aprovechas las nuevas ventajas que ofrecen al realizar actividades como: preparar apuntes y ejercicios, buscar información y comunicarnos.
  •   Difundir información (Weblog, webs de los centros, etc).
  • Innovar en las practicas docentes: aprovechas las nuevas posibilidades didácticas que ofrecen las TIC para lograr que los alumnos realicen mejores aprendizajes y reducir el fracaso escolar.
II. ESTRATEGIA: Impulsar programas de alfabetización información
 DEFINICIONES
TIC’S: El concepto se utiliza para nombrar a las técnicas vinculadas a la gestión y la difusión de información. La telefonía, Internet, los videojuegos, los reproductores digitales y la informática forman parte del campo de las TIC.
Alfabetización Digital: Por alfabetización digital podemos entender la capacidad de conocer y evaluar la información usando tecnología digital (Microsoft,2007), esto suponer conocer el funcionamiento de las nuevas tecnologías y saber cómo pueden ser utilizadas
Aprendizaje significativo: El aprendizaje es un proceso que se da a lo largo de la vida y está condicionado por diversos factores que influyen a cada individuo en particular, este proceso se da de forma individual aunque se desarrolla en un contexto social y cultural.
OBJETIVOS:
  •        Desarrollar métodos eficaces de enseñanza y aprendizaje continuo a lo largo y ancho de la vida.
  •          Se integren a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y los planteamientos de la ENSEÑANZA VIRTUAL
  •          Adquirir nuevas habilidades que le permitan incorporarse.
  •       Facilitar acceso a las TIC a toda la población educativa.
  •   TODOS, SIN EXCEPCIÓN, sin discriminación podamos acceder al conocimiento y a la información almacenada en forma digital.
  •          ELIMINAR la marginación de las personas que no tienen acceso a las TIC.
¿Cómo afrontar la alfabetización digital?
La alfabetización digital debe ser afrontada desde dos enfoques distintos, se suele entender principalmente enfocada al alumno, es decir al individuo que se pretende enseñar, sin embargo debe existir un enfoque previo, un primer escalón dirigido a la formación del docente en las Tic, escalón fundamental que debe ser correctamente enfocado si queremos que el peldaño dedicado al alumno sea exitoso.
El rápido desarrollo de las Tic en los últimos tiempos ha implicado un cambio importante en la manera de afrontar la educación por parte del profesorado y esto tiene implicaciones directas tanto en el profesorado ya existente como para las nuevas generaciones.
En Perú el “Plan NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA BANDA ANCHA” tiene entre sus objetivos estimular la demanda y la inclusión de la población en la Sociedad de la Información, facilitando el acceso de los usuarios a la ANCHA y generando un sistema de apropiación en los usuarios además de fortalecer el Marco Institucional orientado al entorno convergente de las Tic. Integrar los niveles de planificación, formulación, implementación y evaluación de políticas y estrategias públicas en los campos de telecomunicaciones y tecnologías de la información
Para poder desarrollarse el curso, el distrito o comunidad en donde se realicen los talleres, tanto para docentes formadores como para los docentes en general, necesita de la existencia de una escuela pública que posea equipamiento informático adecuado con al menos 10 ordenadores, de forma que permita a cuantos más maestro sea posible accede a la capacitación de cursos de Window y Office y que posteriormente pueda aplicar estos programas en su enseñanza diario. El programa se realiza en alianza con los gobiernos regionales el Perú, Microsoft y su programa “Alianza por la educación” y el “Programa Nacional de Inclusión Digital de Empresarios por la educación”
¿Cómo el comercio electrónico contribuye al desarrollo y reducción de la pobreza?
Un país o una región están desarrollándose cuando se evidencia un proceso de adquisición de nuevas capacidades por parte de su población, de sus empresas o de sus instituciones. Cuando crecen sus actividades económicas, cuando aumentan los ingresos económicos de la población que lo conforma, cuando se eleva su nivel cultural y cuando mejora su calidad de vida, es porque un factor externo ha podido ayudar a que esta sociedad alcance sus aspiraciones de desarrollo y oportunidades de progreso personal y grupal.
Nuevos tiempos nuevos retos
Conclusiones formuladas en la Conferencia anual de las Naciones Unidas sobre comercio y desarrollo para el fortalecimiento de las PYMES
Adoptar un enfoque global y sistemático al integrar la dimensión de las TIC en las estrategias de desarrollo del sector privado en los países en desarrollo
Adoptar, arcos reguladores para mejorar la confianza en el uso de las tecnologías y de sus aplicaciones
Crear mercado financiero más incluyentes para satisfacer las necesidades de las microempresas e igualmente de las pequeñas empresas
Utilizar las herramientas informáticas de las TIC para reducir lis costos de las operaciones comerciales y ayudar a las microempresas y las pequeñas empresas a ofrecer sus productos y servicios en los mercados nacionales e internacionales
    

BASE LEGAL
  • AGENDA DIGITAL 2.0
  •  Decreto Supremo N° 078-2006-PCM
  • Plan Mundial sobre alfabetización digital-UNESCO
  • Plan Mundial de desarrollo TICS de la UIT
CONCLUSIONES
PRIMERO: La Alfabetización Digital son temas centrales en las ciencias de la documentación. Van unidas a aspectos tan variados como el exceso de información.
SEGUNDO: Debe incluir todas las alfabetizaciones basadas en destrezas, pero no limitarse a ellas, ni a ninguna tecnología particular o conjunto de tecnologías. La comprensión, el significado y el contexto han de ser sus temas centrales. No es importante si se llama , alfabetización digital, o simplemente alfabetización en la era de la información. Lo que importa es que se promueva activamente como núcleo central de la teoría y la práctica de las ciencias documentales.
TERCERO: Se trata de jóvenes que no han conocido el mundo sin internet y para quienes las tecnologías digitales son mediadoras de gran parte de sus experiencias: están desarrollando algunas destrezas distintivas.
CAMPAÑA NACIOANLA DE ALFABETIZACION DIGITAL: “PERU DIGITAL 2.0”
PRGRAMAS DE LAFABETIZACION EN AMERICA LATINA
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y ÑLA COMUNICACIÓN, TIC, PARA EL APRENDIZAJE



viernes, 27 de enero de 2017

IMPORTANCIA DEL ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO

ABSTRACT
En este tipo de análisis debe realizar  un estudio de conocimiento , el analisis economico puede ser positivo o normativo, en el primer caso se estudio cuando existe escasez, el segundo caso de lo que se debería hacer, sobre como las personas emplean sus recursos para satisfacer sus necesidades

INTRODUCCION

El análisis económico del derecho es la aplicación de las teorías y métodos de la economía al sistema legal para reforzar, corregir o completarlo. Bullard trata de dar un panorama general de este tema, como un método de trabajo que permite ampliar las fronteras del abogado y economista de manera insospechada, ayuda a romper muchos paradigmas y plantear las cosas de manera distintas.
DESARROLLO

Sin duda, el autor nacional más importante y de referencia necesaria sobre el Análisis Económico de Derecho es Alfredo Bullard Gonzáles, quien señala que “Entender economía mejora la imagen de los abogados y enriquece el Derecho mismo. Ayuda a comprender que el derecho es solo una, y quizás no la más importante, de las ramas del conocimiento.”

Exponentes del Análisis Económico del Derecho.

En todo tema existen exponentes los cuales conviene tener en cuenta al momento de desarrollar los mismos.

  • Douglas C. North (1920 Usa- Premio Nobel 1993).- Pionero del neoinstitucionalismo, aportando un esquema mas comprenhensivo y coherente. renovó la investigación de la historia económica aplicando la teoría económica y métodos cuantitativos para explicar el cambio económico e institucional.
  •  Richard A. Posner (1939 Usa).- Uno de los más destacados líderes del AED. propuso y defendió la idea que la ley puede ser explicada mejor bajo el supuesto de que los jueces tratan de promover la eficiencia económica y la maximización de la riqueza como objetivo de una política legal y social.
  •  Oliver E. Williamson (1932 Usa).- Destacado propulsor del neoinstitucionalismo. propuso los “mecanismos de gobiernos” para referirse a los sistemas de control de riesgo asociado a cualquier transacción.

 I. CONCEPTO
Un concepto básico se podría decir que es la aplicación de la teorías y métodos de la economía al sistema legal, se define que entre el derecho y la economía existe un elemento central que es la eficiencia , al enfrentar, tanto la economía como el derecho el problema de la escasez, se busca una solución eficaz social mente.

BULLARD: " “Como el análisis económico del derecho se basa en un análisis costo-beneficio, se tiende mucho a pensar que es un análisis deshumanizante: es convertir en números el Derecho, que tiene que ver con la Justicia, con la conducta humana y con los valores. Sin embargo, no es lo que persigue el análisis económico del derecho. Lo que persigue es evitar que los sistemas jurídicos, a la hora de legislar generen desperdicios. Y desperdiciar en una sociedad donde los recursos son escasos, es injusto. Lo que se busca es por tanto, un derecho que, sin olvidar otros aspectos o valores a los cuales se deba, sea un Derecho eficiente, es decir, un Derecho que ante el uso inadecuado de los recursos, cree incentivos de conducta correctas para lograr su fin.”

El estudio de los problemas económicos siempre ha tenido que considerar para hacer viable sus planteamientos, el ordenamiento jurídico o la norma. De igual manera, los propios juristas que se han preocupado por el contexto social o medio en el cual se aplica la norma han tenido que apreciar el fenómeno económico como una fuerza que funciona con frecuencia el accionar de los sujetos. 

Por ejemplo respecto a la propiedad intelectual, si le doy exclusiva a alguien sobre algo entonces ese alguien va a tener mayor incentivo en crear ese algo; es decir, su fin es proteger la creatividad. Sin embargo ¿el beneficio marginal de dar esa protección supera los costos marginales de dar esa protección que incluye muchas veces la creación de monopolios sobre ideas? entonces ¿cuán necesaria es la protección de la propiedad intelectual para generar creatividad? Si no hay propiedad intelectual, existirán otros mecanismos de protección e incentivos distintos como por ejemplo la venta más cara por la exclusividad de la obra o idea

Por lo que se puede concluir que el  Análisis Económico del Derecho no busca reemplazar el razonamiento jurídico sino complementarlo. Solo busca que se amplíe las perspectiva para que al decidir una controversia jurídica se tome en cuenta no solo los costos privados que la decisión puede tener, sino al mismo tiempo los efectos económicos y sociales. Éste, es necesario para lograr la eficiencia del Derecho en la solución de un problema, el abogado debe tener en cuenta que no solo debe contemplar el aspecto legal, sino, también los aspectos socioeconómicos vigentes, y el impacto de la solución legal de dicho caso en la sociedad. Por ello es importante que los legisladores estén capacitados para promulgar leyes con criterio de racionalidad, buscando siempre la eficiencia normativa con incidencia general y no especifica.

CONCLUSIONES
  • ·        El Análisis Económico del Derecho no busca reemplazar el razonamiento jurídico sino complementarlo. Solo busca que se amplíe las perspectiva para que al decidir una controversia jurídica se tome en cuenta no solo los costos privados que la decisión puede tener, sino al mismo tiempo los efectos económicos y sociales.
  • ·        El Análisis Económico del Derecho consiste en la aplicación del análisis económico al estudio del funcionamiento del sistema jurídico, de los problemas más importantes en el Derecho
  • ·        El Análisis Económico del Derecho es un método o enfoque que se aplica a un objeto distinto de aquel para el que fue concebido, el sistema económico, sustituyéndolo por el sistema jurídico



  • Alfredo Bullard Gonzáles. Derecho y Economía. El análisis económico de las instituciones legales. Palestra Editores. Lima, 2003. Pág.28
  • Juan Torres López. Análisis Económico del Derecho: Panorama doctrinal. Madrid, Tecnos, 1987. Pág. 26

martes, 17 de enero de 2017

Importancia de la Informática jurídica metadocumental y merecisional

I. ABSTRACT
Existe un instrumento en el campo del derecho que se encarga de estudiar las alicaciones de tecnologías brindandonos facilidades y a todo esto llamamos Informatica juridíca, no es considerada una rama del derecho pero tiene una relación tanto en aspectos normativos como en la alicaicón de la informática .
II. INTRODUCCION 
La informática jurídica se aplica sobre el Derecho siendo consierada una ciencia en cual su objetivo es la investigación de cierta información ilegal.
En el presente artículo se va a mencionar dos de las importantes clasificaciones de la informática jurpidica en la cual una consiste en la recuperación de informaicín como leyes, contratos, entre otros, y la segunda nos habla sobr ela toma de decisiones através de sistemas de inteligencia artificial 
III. DESARROLLO
El DERECHO INFORMÁTICO METADOCUMENTAL 
Es el tratamiento u automático de la información legal, a diferencia de la informático jurídica este se basa del conocimiento jurídico, la influencia de este se da en la Inteligencia Artificial la cual radica en sistemas de búsquedas basadas en relación de la propia computadora, ya que constituye un ordenador que carece de capacidad de razonar, de esta forma existirá una ayuda no simplemente al juez sino también al propio abogado, quien podrá obtener una mejor recopilación y actualización de la información.
Titulada así porque va más allá de la de los fines documentarios propiamente establecidos (constituye a lo muy difícil de comprender de la  iuscibernética). Podemos establecernos en cinco puntos principales ya sea en la decisión, educación, investigación, y de previsión en la redacción
Decisional:
La influencia de la inteligencia Artificial en este mencionado campo, que por la propia computadora ha dado un sin fín de resultados realizado por el usuario
Prevención:
Conocer los imprevistos que nos pueden brindar en una empresa en especial en las áreas que se requieran un mayor de datos personales del usuario
Prevenir los riesgos analizando los Sistemas, las Comunicaciones y la Seguridad Informática, para encontrar la mejor solución global para la empresa.
Investigación
Se puede establecer a través de las computadoras distintas teorías que pueden ayudar a obtener puntos de vistas estableciendo determinadas hipótesis, haciendo así una investigación más completa
Redacción
Consiste en obtener algún apoyo informático ( texto de ley especialmente), desprendiéndose del contenido dado en los documentos jurídicas
Entonces podríamos decir que LA INFORMACIÓN JURÍDICA  “Es la ciencias que se basa en el estudio de la utilización de elementos físicos electrónicos (computadoras, teléfonos, etc) en el Derecho” dándonos un mejor apoyo en los distintos campos ya mencionados , siendo así muy importante ya que viene a dar celeridad a nuestras vidas.
INFORMÁTICA JURÍDICA METADECISIONAL
El autor del libro Manual de Informática Jurídica define a este tipo de informática como :
"La Informática Jurídica metadecisional actúa sobre los modelos que se pueden construir sobre la base de datos retenidos en registros previamente levantados con los términos de la Informática Jurídica Documental. Dichos modelos, puestos en funcionamiento, permiten explicar la realidad de la cual el modelo es una versión abstracta, que sirve para hacer factible una previsión de comportamiento frente a múltiples posibilidades. La Informática Jurídica Decisional utiliza una herramienta, los sistemas expertos. Estos le facilitan la toma de decisiones, por su inmensa capacidad para escoger la respuesta adecuada dentro de parámetros característicos de la situación que se ha de resolver".
Este autor nos habla sobre cómo es que trabajamos con la informática mereciosinal  ya que recopilamos información necesaria para una investigación realizando así un manejo mas óptimo implicando de esta manera el análisis, el resguardo y recuperación de dicha información
APLICACIÓN DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA INFORMÁTICA JURÍDICA DECISIONAL
Como menciona Solano, los sistemas expertos son una herramienta usada por la Informática Jurídica Decisional, siendo estos una aplicación de la Inteligencia Artificial.
Defiendo la inteligencia Artificial como el razonamiento que brinda un agente que no esta vivo, lo podemos agrupar en diferentes grupos
A) Análisis automático y conocimiento del lenguaje (idioma natural).
B) Solución de problemas
C) Robótica.
En los Sistemas de Informática Jurídica, la actividad inteligente hace referencia a la recuperación de la mayor cantidad de información jurídica pertinente del banco de datos utilizado.
A diferencia de la Informática jurídica metadocuemntal esta se caracteriza por conformarse con base de conocimientos jurídico abarcando así más allá de las aplicaciones realizadas a como la recuperación y reproducción de información se divide :
Los profesores Jean – Paul Ha ton y Marie – Christine definen dichos sistemas como:
Sistemas expertos legales :
Se define como el conjunto de programas capaces de alcanzar los resultados de un experto humano
En definitivas dichos sistemas cuentan con una base de daos estructurada aptos para tomar dos o más informaciones para la base de conocimientos y producir, a partir de estos “una conclusión lógica”
Características:
a.  Su desarrollo se de en áreas muy específicas del derecho.
b.  La mayoría de dichos sistemas se apoyan en la heurística y gracias a este método van introduciendo a los usuarios al campo de la normatividad jurídica.( y estos por lo general casi siempre desconoces las reglas jurídicas)
Sistemas de enseñanza del derecho asistidos por una computadora
Es un método didáctico que permite transmitir conocimientos sin la intervención directa de un docente, ya que a que la actividad indirecta del profesor es determinante en la creación y desarrollo de la enseñanza programada
Y si hay intervención por parte del profesor la estructuración de la informática jurídica le ayuda a determinar a ciencia cierta la información especifica que el alumno debe aprender
IV. Conclusiones
  • La informatica metadocumental se da mediante procedimientos dirigidos a distintas actividades de sustituci´n o reproducción realizado spor el jurista, proporcionadoles decisiones ofreciendo soluciones de problemas en la documentación.
  • Tanto el metodos metadocumental y metadecisional son influidas por la inteligencia artificial ya que esta vinculada hacia el ssaber de elegir mejores opciones para resolver algun tipo de problema
  • La informatica metadecisional abarca una gran variedad de esfuerzos que intentan obtener aplicaciones del derechos que van mas allá de la recuperación y reproducción de información
V. BIBLIOGRAFIA
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/1/322/24.pdf https://www.uclm.es/profesorado/raulmmartin/Legislacion/apuntes.pdf http://www.editorialpatria.com.mx/pdffiles/9786074380637.pdf