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martes, 21 de febrero de 2017

Comercio Electrónico CONSUMIDOR - CONSUMIDOR (C2C)

Comercio electrónico entre usuarios particulares de Internet. La comercialización de bienes o servicios no involucra a productores y sí a un consumidor final con otro consumidor final, sin intermediarios.

Consumidor – Consumidor. Esta categoría permite el intercambio de bienes y servicios entre consumidores, existiendo entre ellos una relación horizontal, ya que admitiendo que no es así en todos los casos, podemos asumir que al ser ambas partes consumidores se encuentran en el mismo nivel de información.
Hoy en día es algo muy común el uso de las tecnologías para realizar transacciones entre personas particulares sin necesidad de tener un negocio ya establecido.

Ventajas para los compradores: 
  • La facilidad de buscar y comprar al momento. 
  • Bajos costos de transacción. 
  • Poder acceder a prácticamente cualquier producto o servicio desde el hogar. 
  • Establecer una relación directa con la persona que vende. 
  • Los intermediarios, cuando existen, se ven obligados a crear valor agregado en sus productos o servicios. 
  • Rapidez, sobre todo si es factible en el momento de bajar de la red el producto
Ventajas para los vendedores. 
  • Negociación directa con posibles compradores. 
  • Subastas. Venta de productos y/o servicios que comúnmente no se venderían. 
  • Presencia global, es decir, posibilidad de vender en lugares remotos. 
  • Costos mínimos o nulos en algunos casos. Posibilidad de vender sin necesidad esporádicamente sin necesidad de estar completamente establecidos. 
  • Creación de un historial de referencias para futuros tratos, intercambios o compra-ventas. 
Desventajas. 
  • Peligro de fraude.
  • Mala calidad en los productos o servicios ofrecidos. 
  • Tardanza en entrega o de plano la falta de la misma. 
  • El intermediario no se responsabiliza. 
  • Daños en el envío por parte de la paquetería. 
  • Gastos de envío a veces excesivos dependiendo del producto y paquetería. 
  • Nula o escaza garantía. Operaciones ilegales. 
  • Compra-venta de productos o servicios de dudosa procedencia. 
 ¿Qué ejemplos existen de comercio electrónico C2C?
Uno de los más conocidos en nuestro país es "Mercado Libre" A través de ese portal, las personas pueden promocionar sus propios productos (de primera o segunda mano) y coordinar ellos mismos con sus clientes la forma, hora y lugar de la transacción. Otra web que sirve para este propósito es OLX.

E-bay
Un lugar donde encuentras de todo,donde puedes comprar una variedad de productos como por ejemplo: ropa, electrodomésticos, juguetes etc. en donde las formas de pago se hacen a través de transacciones interbancarias.
Se ha convertido en un sitio web muy conocido que ha provocado que las tarifas al consumidor sean muy bajas. Anualmente se registra una estadística de uso de 135 millones de personas que visitan la página y de la misma manera venden y compran productos.

Ebay es una tienda virtual muy cómoda y fácil de uso para los consumidores, también brinda seguridad tanto al consumidor como al vendedor para realizar sus transacciones.

Mercado libre.com
Se pueden encontrar productos desde ropa de niños hasta él último modelo de computadoras...
A diferencia de Ebay, mercado libre se enfoca mas en vender y comprar sus artículos a la comunidad Latinoaméricana. Su forma de pago es muy amplia ya que acepta transacciones interbancarias de muchas tarjetas de crédito. Es una pagina amigable y muy explicita, de fácil uso y cuenta con el respaldo de verisign security y TRUSTe certified privacy para mayor seguridad de sus usuarios. La desventaja de esta tienda virtual es que para poder acceder a sus productos se tiene que hacer una previa inscripción.

CONCLUSIONES

  • Entre las principales características que podemos destacar respecto a esta categoría, tenemos por ejemplo, que permite las transacciones directas entre personas naturales
  • El Consumidor para la presente categoría desempeña el papel de vendedor estaría perdiendo su condición de tal.


domingo, 12 de febrero de 2017

CIBERCRIMEN - GROOMING

CIBERCRIMENES una mezcla de palabras adaptadas al español para referirse a crímenes realizados en el ciberespacio. Estas actividades se han extendido por todos los países debido a la amenaza que representan los ciberdelincuentes ya que todos los usuarios de internet son victimas de esta clase de delincuentes. Es una forma de delito que emplea un computador como herramienta u objetivo.

SujetoActivo: 
Es quien comete el daño al bien protegido, tiene habilidades para el usos de la infromática y por ende por situación de trabajo se encuentran en lugares estratégicos.
Persona con status económico

Sujeto Pasivo:
Se encuentra perjudicado por el daño del delito informático, las víctimas pueden ser individuos, instituciones, gobiernos, etc.
No existen leyes que ayuden a los sujetos pasivos sobre los daños producidos hacia los mismos delitos informáticos.
Debido a la necesidad de aplicar un apolítica penal común para proteger a la sociedad frente ala ciberdilencuencia, , el 23 de Noviembre del año 2001, Los Estados miembros del Consejo de Europa formalizaron la Convención sobre la Ciberdilencuencia, también conocida como conevio de Budapest

GROOMING

El “grooming” es un delito preparatorio de otro de carácter sexual más grave. Esta práctica es llamada también “child grooming”, consistente en acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, al crearse una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar sexualmente de él.

Este delito está siendo cada vez más recurrente a causa de la masificación de las tecnologías de la información, del mayor acceso de los niños a Internet y la brecha generacional que se produce cuando los niños manejan los computadores mucho mejor que los padres.
La globalización agrava el problema, no sólo por la facilidad de enviar fotos y videos a todas partes del mundo, sino también porque las legislaciones de los diferentes países no son necesariamente compatibles entre sí. Por ejemplo, una imagen que es ilegal en España podría no serlo en Alemania.
Entre los factores que contribuyen a que los menores estén más expuestos a situaciones riesgosas estan las cámaras fotográficas digitales, los celulares con cámara incorporada, los mensajes de texto, las salas de chat, y los sitios de redes sociales como Facebook, MySpace, Hi5, Messenger, entre otros, estos permiten a los niños acceder a comunidades virtuales donde no existe claridad respecto de la identidad de las personas con quienes mantienen conversaciones o relacionan. Es ahí dónde conviven sin restricciones posibles víctimas y victimarios y se genera un ambiente propicio para el anonimato y el encubrimiento de los abusadores.
Consejos para evitar el grooming
  • Ubicación del ordenador : Colocar el ordenador en un lugar de paso de la casa o en un espacio común y de uso frecuente (el salón, p.ej.), desde donde poder echar un vistazo al uso que hacen los niños y niñas de él. Evitar ponerlo en el cuarto del/a niño/a.Cuidado con el malware, seguir los consejos de seguridad generales para mantener los dispositivos libres de virus y otro malware que podría revelar las claves a los autores de grooming. Instalar un buen antivirus y un buen cortafuegos y mantenerlos actualizados con la mayor frecuencia posible.
  • Webcam: Evitar la instalación de cámaras web (webcams) o si las colocas restringir su uso mediante algún programa o mediante claves o controles parentales que algunos modelos ya incorporan.La importancia del nombre,es más seguro, en general, y muy usual desde los inicios de Internet, utilizar un sobrenombre (nickname) en vez de los nombres y apellidos propios
  • Proteger los datos: Explicar a los niños que no deben rellenar formularios en los que den datos personales suyos, de amigos o conocidos o de su familia.

CONVENIO SOBRE CIBERCRIMINALIDAD DE BUDAPEST

Las conductas ilícitas, reguladas en el Convenio de Budapest, son: el acceso ilegal, interceptación ilegal, interferencia de los datos, interferencia de sistema, uso erróneo de dispositivos, falsificación del ordenador, fraude del ordenador, pornografía infantil. También se establecen disposiciones de índole procesal para la preservación de datos almacenados, y todo lo relacionado a los actos procesales para producir prueba y aislar todo acto de cibercrimen.
  • Entre los delitos que fueron objeto de especial atención se encuentra la pornografía infantil. Al hilo de las diversas iniciativas europeas que matizan el ámbito de aplicación de los preceptos que la castigan, el Prof. Dr. Gert Vermeulen examinó algunos aspectos específicos de este delito. Así por ejemplo, la cuestión de si han de castigarse con las mismas penas los comportamientos de mera posesión de pornografía infantil y la producción de la misma. Igualmente analizó el difícil problema de la edad del menor, que varía de unos países a otros, y otros aspectos novedosos como si ha de castigarse la mera posesión por parte de menores adolescentes de imágenes en las que ellos mismos mantienen relaciones sexuales consentidas.
  • Se hizo también referencia al conflicto que se suscita entre el derecho fundamental a la libertad de expresión e información y la sanción penal de contenidos xenófobos. Ello puede generar muchas dificultades jurídico-penales, esencialmente relacionadas con la aplicación de la ley penal en el espacio, como por ejemplo el castigo de comportamientos lícitos en el lugar de comisión.
  • Parece claro que no se pueden perseguir los ciberdelitos sin que colaboren las autoridades de aplicación de la ley y el sector privado. Se hizo un análisis de las iniciativas europeas que persiguen incentivar la colaboración entre el sector privado y las autoridades públicas en la investigación de estos delitos. Estas iniciativas posibilitan que ambos sectores puedan compartir información, bloquear sitios en los que se contengan contenidos delictivos, etc. Para ello, se obliga a los proveedores de acceso a almacenar todos los datos de tráfico durante un periodo de tiempo, e incluso se prevé el deber informar a las autoridades de cualquier actividad delictiva que conozcan.
  • Por último, se propusieron otros temas de interés, como por ejemplo el robo de identidad, la prostitución infantil, la piratería informática, etc. De las resoluciones del Congreso Internacional de la Asociación de Río de Janeiro de 1994 ya parecía deducirse la necesidad de que las Naciones Unidas emprendieran acciones para hacer frente al fenómeno de la cibercriminalidad. Hoy día sigue sin existir un Convenio global sobre este fenómeno, y parece conveniente que en el futuro pueda adoptarse un instrumento de este alcance
CONCLUSIONES

  • El convenio de Budapest contra la cibercriminalidad,  representa un gran reto legislativo, puesto que abarca diversas materias sensibles que no pocas veces ha dado motivo a los dilemas sobre las libertades y el control legislativo
  •  Grooming en el mundo real puede tener lugar en todo tipo de lugares —en el barrio local, en la casa, en la escuela o en la iglesia. En el peor de los casos, estas personas también pueden desear introducir al menor en ambientes de prostitución y explotación sexual



Protección del Software


La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define los programas computacionales o informáticos (software) como conjuntos de instrucciones que controlan el funcionamiento de un computador para que éste pueda realizar una tarea específica. En la elaboración del software se encargan uno o más autores y su forma de expresión final solo puede ser entendida directamente por el computador y no por el ser humano. 
Como estas instrucciones se expresan de forma escrita, en una secuencia de códigos computacionales, existe la línea de pensamiento jurídico que lo considera como una obra literaria; es decir, derecho de autor. Este es el enfoque predominante en los tratados internacionales.
No obstante, el problema que supone clasificarlo como derecho de autor, es que el software no es propiamente tal una expresión literaria, pues las líneas del código no dependen de su “gramática” para ejecutar una orden en el computador. Aquí surge la dicotomía entre la idea y su ejecución; ya que el primer concepto es la base del derecho de autor (una creación “artística” sin aplicación aparente es una idea), mientras que la ejecución es clave para demostrar que la patente de invención resuelve un problema de la técnica.
¿Cuál es la controversia que existe respecto a la protección jurídica del software en el ámbito del derecho de propiedad intelectual?
La forma de protección  para el programa de ordenador o software fue uno de los tenas nas controversiales en el ámbito de la propiedad intelectual.  Desde su creación y por más de dos décadas, se discutió sobre la posibilidad de asignar al software un sistema de protección sus  géneros que sugería, en unos casos, fórmulas próximas al derecho de autor y, en otros, similares al derecho de patentes.  Sin embargo, también se pensó que la adecuación de un sistema de protección existente, como el derecho de autor o las patentes, sería más conveniente a un sistema de protección especial y nuevo, que difícilmente habría conseguido una aceptación internacional extendida.
Naturaleza jurídica del software: El software es un bien de carácter inmaterial o sea de derechos incorporales, cuyo valor es totalmente independiente a que sean o no incorporados a un medio físico.
La protección jurídica del software: 
Como se mencionó, con el software no se transfiere los derechos de propiedad, sino que sólo se transfiere los derechos de uso a través de las denominadas Licencias. Los derechos de autor sólo protegen la forma de expresión literal o gráfica, más no la idea 
A continuación, algunas consideraciones sobre el derecho de autor:
  • La duración de los derechos de autor como regla general se extiende hasta los 70 años después de la muerte del autor.
  • El registro de derechos de autor tiene efectos declaratorios, probatorios pero no es   constitutivo de derechos como el de propiedad industrial.
  • En el Perú INDECOPI es la entidad que realiza el registro de los derechos de autor de un software. Relación del software con los derechos de propiedad industrial: Hemos mencionado que el software es un producto del intelecto y como tal, es un bien intangible e inmaterial, siendo una de sus características que no se fabrica, no se construye, sino se desarrolla.
Los principales derechos de propiedad industrial que no pueden proteger jurídicamente al software
  • Patente: El software no es patentable por no tener carácter inventivo, por cuánto no  se consideran invenciones a los sistemas en la medida que ellos sean de carácter  puramente abstractos (bien intangible, inmaterial). En la actualidad, en el Perú, el  software o soporte 5 lógico del computador está expresamente excluido de la patente  de invención en el Perú y demás países el pacto andino (Decisión 344 del  Pacto Andino)
  • Modelo de utilidad: La Decisión 344 indica que esta forma de propiedad industrial no   es aplicable al software.
  • Know how: Conocimiento reservado sobre ideas, procedimientos, productos susceptibles de un valor económico y competitivo que el empresario demuestre voluntad e interés de mantenerlo en secreto. En el software, la creación intelectual es expresada de manera literal o gráfica y puede ser conocida a través del código fuente
Relación del software con los derechos de propiedad intelectual
Esta expresión debe cumplir con unos elementos fundamentales para adquirir la protección jurídica que otorga el Derecho de Autor
  • Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual
  • Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado)
  • El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización
El software en el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT)
  • El Tratado de la OMPI sobre derecho de Autor (WCT) junto con el Tratado de la OMPI sobre la Interpretación o Ejecución y Fonogramas, son los llamados “tratados Internet”, porque surgieron de la necesidad de actualizar los derechos de los autores, artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas, en la sociedad de la información.  Los dos instrumentos surgieron de la Conferencia Diplomática convocada por la OMPI en diciembre del año 1996.  Como actualización y complementación del Convenio de Berna, el WCT entró en vigor el 6 de marzo de 2002.
  • En el artículo 4 del WCT, se repite la aclaración ya contenida en el Acuerdo sobre los ADPIC en relación con la protección de los programas de ordenador y las bases de datos, con algunas modificaciones de redacción.  Esto es que están protegidos como obras literarias en el marco de lo dispuesto en el Art. 2 del Convenio de Berna y que dicha protección se aplica “…cualquiera que sea su modo o forma de expresión”.
  • En el artículo 7 del WCT, se incluye el derecho exclusivo de alquiler para las mismas categorías de obras y en iguales condiciones que en el Acuerdo sobre los ADPIC, entre éstas, los programas de ordenador (con la misma excepción: cuando el programa propiamente dicho no sea el objeto esencial del alquiler).
Conclusiones
  • Si bien el software es considerado objeto de protección por el Sistema de Derecho de Autor por la mayoría de las legislaciones, es preciso tener en cuenta los derechos que confieren las patentes, las marcas y, en su caso, las obligaciones de confidencialidad sobre la base de un secreto comercial
  • La propiedad intelectual y en específico los derechos de autor, crean un ámbito legal de reconocimiento de derechos exclusivos, y constituyen una valiosa herramienta en los diferentes modelos de explotación en la industria del software

miércoles, 1 de febrero de 2017

ALFABETIZACIÓN DIGITAL


 I OBJETIVO:  Integrar, expandir y asegurar el desarrollo de competencias para el acceso y participación de la población en la Sociedad de la Información y del Conocimiento
Es importamte considerar las sesiones de l aprendizaje deben responder a los momentos pedagógicos.
"Las Actividades de inicio tiene como propósito comunicar a los y las estudiantes lo que aprederán en la sesión, activar o movilizar sus saberes previos"
Es importante recordar que en las actividades de desarrollo todos somos protagonistas de aprendizaje y debemos participar activamente en la construcción del mismo, implica la movilización interna y externa, es decir, interviene todo su ser en el aprendizaje.
El nuevo contexto de la Sociedad de la Información y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación inciden en los ámbitos económico, político, social y cultural. La transformación del mercado laboral constituye un exponente claro de los cambios propiciados por la denominada economía digital. Por un lado, emergen nuevos empleos y perfiles profesionales que requieren el dominio de estas tecnologías
La incorporación de las TIC en el ámbito empresarial puede resultar un elemento clave para mejorar la competitividad, impulsar el crecimiento económico y lograr una mayor creación de empleo. Por tanto, la competitividad de nuestro país y su papel en el orden mundial dependen, en buena medida, de nuestra presencia en la sociedad de la información.
Por otro lado, las Tics también influyen en las personas y en la opinión pública, que es lo que nos interesa. Las Tics están influyendo en los procesos de creación y cambio de las corrientes de opinión pública. Algo tan habitual como la televisión, el móvil, la radio y el ordenador, están constantemente transmitiendo mensajes, intentando llevar a su terreno a los usuarios de estos medios. A través de mensajes de texto, correos electrónicos, blogs, y otros espacios dentro de internet, las personas se dejan influir sin apenas ser conscientes de ello, simplemente por haberlo visto en internet. Estos son la vía de la verdad para muchos de los ciudadanos, sin saber que en ellos también se miente y manipula. Dependiendo de la edad, status social, nivel de educación y estudios, así como de vida, trabajo y costumbres, las TIC tienen un mayor impacto o menos en la sociedad, se da más un tipo de opinión u otra y diferentes formas de cambiarla
Como dicen algunos autores, los medios son el cuarto poder. Así pues, aunque este desarrollo de tecnologías conlleve las herramientas de la web 2.0 que tienen la posibilidad de crear interacción entre los usuarios, es decir, creación de blogs o redes sociales donde cada usuario puede transmitir su opinión, detrás de todo eso, se forma y modifica la opinión pública en la era de la electrónica. Ya que todos los medios de comunicación de masas conforman a la sociedad de determinada manera.
Por tanto, las nuevas tecnologías, además de democratizar su uso, la divulgación de la cultura, y ofrecer información para que los habitantes del planeta estén informados, tienen la capacidad de adormecer y movilizar grupos sociales por medio de esta comunicación de masas en las que se concretan las diferentes corrientes de opinión a través de personajes mediáticos y bien visibles.

TIC EN LA EDUCACIÓN Y CONOCIMIENTO
  • Razones para utilizar las Nuevas Tecnologías en Educación.
  • Alfabetización digital de los alumnos. Todos deben adquirir las competencias basicas en el uso de las TIC.
  • Productividad, aprovechas las nuevas ventajas que ofrecen al realizar actividades como: preparar apuntes y ejercicios, buscar información y comunicarnos.
  •   Difundir información (Weblog, webs de los centros, etc).
  • Innovar en las practicas docentes: aprovechas las nuevas posibilidades didácticas que ofrecen las TIC para lograr que los alumnos realicen mejores aprendizajes y reducir el fracaso escolar.
II. ESTRATEGIA: Impulsar programas de alfabetización información
 DEFINICIONES
TIC’S: El concepto se utiliza para nombrar a las técnicas vinculadas a la gestión y la difusión de información. La telefonía, Internet, los videojuegos, los reproductores digitales y la informática forman parte del campo de las TIC.
Alfabetización Digital: Por alfabetización digital podemos entender la capacidad de conocer y evaluar la información usando tecnología digital (Microsoft,2007), esto suponer conocer el funcionamiento de las nuevas tecnologías y saber cómo pueden ser utilizadas
Aprendizaje significativo: El aprendizaje es un proceso que se da a lo largo de la vida y está condicionado por diversos factores que influyen a cada individuo en particular, este proceso se da de forma individual aunque se desarrolla en un contexto social y cultural.
OBJETIVOS:
  •        Desarrollar métodos eficaces de enseñanza y aprendizaje continuo a lo largo y ancho de la vida.
  •          Se integren a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y los planteamientos de la ENSEÑANZA VIRTUAL
  •          Adquirir nuevas habilidades que le permitan incorporarse.
  •       Facilitar acceso a las TIC a toda la población educativa.
  •   TODOS, SIN EXCEPCIÓN, sin discriminación podamos acceder al conocimiento y a la información almacenada en forma digital.
  •          ELIMINAR la marginación de las personas que no tienen acceso a las TIC.
¿Cómo afrontar la alfabetización digital?
La alfabetización digital debe ser afrontada desde dos enfoques distintos, se suele entender principalmente enfocada al alumno, es decir al individuo que se pretende enseñar, sin embargo debe existir un enfoque previo, un primer escalón dirigido a la formación del docente en las Tic, escalón fundamental que debe ser correctamente enfocado si queremos que el peldaño dedicado al alumno sea exitoso.
El rápido desarrollo de las Tic en los últimos tiempos ha implicado un cambio importante en la manera de afrontar la educación por parte del profesorado y esto tiene implicaciones directas tanto en el profesorado ya existente como para las nuevas generaciones.
En Perú el “Plan NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA BANDA ANCHA” tiene entre sus objetivos estimular la demanda y la inclusión de la población en la Sociedad de la Información, facilitando el acceso de los usuarios a la ANCHA y generando un sistema de apropiación en los usuarios además de fortalecer el Marco Institucional orientado al entorno convergente de las Tic. Integrar los niveles de planificación, formulación, implementación y evaluación de políticas y estrategias públicas en los campos de telecomunicaciones y tecnologías de la información
Para poder desarrollarse el curso, el distrito o comunidad en donde se realicen los talleres, tanto para docentes formadores como para los docentes en general, necesita de la existencia de una escuela pública que posea equipamiento informático adecuado con al menos 10 ordenadores, de forma que permita a cuantos más maestro sea posible accede a la capacitación de cursos de Window y Office y que posteriormente pueda aplicar estos programas en su enseñanza diario. El programa se realiza en alianza con los gobiernos regionales el Perú, Microsoft y su programa “Alianza por la educación” y el “Programa Nacional de Inclusión Digital de Empresarios por la educación”
¿Cómo el comercio electrónico contribuye al desarrollo y reducción de la pobreza?
Un país o una región están desarrollándose cuando se evidencia un proceso de adquisición de nuevas capacidades por parte de su población, de sus empresas o de sus instituciones. Cuando crecen sus actividades económicas, cuando aumentan los ingresos económicos de la población que lo conforma, cuando se eleva su nivel cultural y cuando mejora su calidad de vida, es porque un factor externo ha podido ayudar a que esta sociedad alcance sus aspiraciones de desarrollo y oportunidades de progreso personal y grupal.
Nuevos tiempos nuevos retos
Conclusiones formuladas en la Conferencia anual de las Naciones Unidas sobre comercio y desarrollo para el fortalecimiento de las PYMES
Adoptar un enfoque global y sistemático al integrar la dimensión de las TIC en las estrategias de desarrollo del sector privado en los países en desarrollo
Adoptar, arcos reguladores para mejorar la confianza en el uso de las tecnologías y de sus aplicaciones
Crear mercado financiero más incluyentes para satisfacer las necesidades de las microempresas e igualmente de las pequeñas empresas
Utilizar las herramientas informáticas de las TIC para reducir lis costos de las operaciones comerciales y ayudar a las microempresas y las pequeñas empresas a ofrecer sus productos y servicios en los mercados nacionales e internacionales
    

BASE LEGAL
  • AGENDA DIGITAL 2.0
  •  Decreto Supremo N° 078-2006-PCM
  • Plan Mundial sobre alfabetización digital-UNESCO
  • Plan Mundial de desarrollo TICS de la UIT
CONCLUSIONES
PRIMERO: La Alfabetización Digital son temas centrales en las ciencias de la documentación. Van unidas a aspectos tan variados como el exceso de información.
SEGUNDO: Debe incluir todas las alfabetizaciones basadas en destrezas, pero no limitarse a ellas, ni a ninguna tecnología particular o conjunto de tecnologías. La comprensión, el significado y el contexto han de ser sus temas centrales. No es importante si se llama , alfabetización digital, o simplemente alfabetización en la era de la información. Lo que importa es que se promueva activamente como núcleo central de la teoría y la práctica de las ciencias documentales.
TERCERO: Se trata de jóvenes que no han conocido el mundo sin internet y para quienes las tecnologías digitales son mediadoras de gran parte de sus experiencias: están desarrollando algunas destrezas distintivas.
CAMPAÑA NACIOANLA DE ALFABETIZACION DIGITAL: “PERU DIGITAL 2.0”
PRGRAMAS DE LAFABETIZACION EN AMERICA LATINA
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y ÑLA COMUNICACIÓN, TIC, PARA EL APRENDIZAJE